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año:2005
 
unidad:CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
 
institución:MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Herberth Villavicencio Solano 2 22 de julio, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 08795 22 de julio, 2005 DI-CR-395 Licenciado Herberth Villavicencio Solano Auditor Interno MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Estimado señor: Asunto: Criterio sobre el artículo 43 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública. Me refiero a su atento oficio AI-047-3005-05 mediante el cual da respuesta a nuestro oficio Nº 6036 del 27 de mayo del presente año, referente a informar a esta Contraloría General sobre la fiscalización de asuntos relativos al viaje del Señor Presidente de la República a República Dominicana. Sobre el particular, manifiesta usted que mediante oficio AI-045-2305-05 de esa Auditoría, se da respuesta a varias consultas planteadas por el señor Presidente de la República a esa Auditoría, relativas al obsequio recibido del Presidente de los Estados Unidos de América, la membresía honorífica otorgada por el Centro Turístico CAP CANA situado en República Dominicana y el transporte brindado por los invitantes desde Estados Unidos a la República Dominicana. Lo anterior, en razón del artículo 43 del Reglamento a la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública que se refiere al deber de todo servidor público de reportar los obsequios recibidos, que textualmente indica: “Artículo 43.—Deber de informar. Todo servidor público, incluidos los destacados en sedes diplomáticas en el extranjero, que reciba un obsequio como gesto de cortesía o costumbre diplomática, o que reciba condecoraciones o galardones de carácter honorífico, cultural, académico o científico, se encuentra obligado, dentro de los cinco días hábiles siguien ...
Fecha publicación: 22/07/2005
Fecha emisión: 19/07/2005
Documento: 08795-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS


División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores PAGE División de Desarrollo Institucional Centro de Relaciones para el fortalecimiento del control y la fiscalizacion superiores Lic. Luis A. Madrigal Pacheco 3 30 de junio, 2005 Al contestar refiérase al oficio Nº 07535 30 de junio, 2005 DI-CR-351 Licenciado Luis A. Madrigal Pacheco Viceministro MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Estimado señor: Asunto: Regulaciones referentes a la elaboración de informes de auditoría, consultadas a esta Contraloría General por el Despacho del señor Viceministro de la Presidencia. Se da respuesta a su oficio N° DVLM-355-2005, en el que solicita “indicar si existe alguna directriz, disposición o manual que establezca el procedimiento correcto que debe seguir una auditoría interna para la elaboración de sus informes.”. Sobre este particular, se tiene que las principales regulaciones que deben observar las auditorías internas para efectos de la elaboración de informes, se encuentran previstas en el Capítulo IV (Sección IV) de la Ley General de Control Interno (LGCI), los apartados 2.3, 2.4 y 2.5 del Manual de normas para el ejercicio de la auditoría interna en el Sector Público (M-1-2004-CO-DDI), publicado en La Gaceta N° 246 del 16 de diciembre de 2004, y pronunciamientos emitidos por esta Contraloría General en torno a dicha temática, mediante oficios Nos. 1534 de 17 de febrero de 2000, 5202 (DI-CR-190) de 20 de mayo de 2003 y 00137 (DI-CR-004) de 8 de enero de 2004, entre otros. Además, como complemento se deben considerar las normas adoptadas por el Instituto de Auditores Internos de Costa Rica, el Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica y demás normativa internacional aplicable (vgr. Normas Internacionales de Auditoría y Normas Internacionales para el Ejercicio Profesional de la Auditoría Interna). Ahora bien, partiendo del marco regulatorio de cita, resulta oportuno referirse de ma ...
Fecha publicación: 16/05/2005
Fecha emisión: 13/05/2005
Documento: 07535-2005.doc
Institución: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA
Emite: CENT. RELACIONES FORT. CTRL Y FISC. SUP
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION CONSULTAS Y ASESORIAS ESCRITAS
Tesauro: Materias sujetas a informes de auditoria interna